Guías de cumplimiento · 4/5/2026 · 6 min
Directiva (UE) 2024/825: qué cambia en sus alegaciones ambientales
Prohibiciones, carga de la prueba y plazos: guía práctica de la directiva «empowering consumers for the green transition».
Un texto que modifica el régimen de prácticas desleales
La Directiva (UE) 2024/825 modifica las directivas 2005/29/CE y 2011/83/UE. Añade a la lista negra de prácticas desleales varias conductas de marketing ambiental: alegaciones genéricas no acreditadas, etiquetas de sostenibilidad sin sistema de certificación y afirmaciones de neutralidad basadas solo en compensación.
Las alegaciones genéricas quedan prohibidas
Fórmulas como «respetuoso con el medio ambiente», «ecológico», «verde», «natural» o «sostenible» se consideran genéricas cuando no se acompañan de un desempeño ambiental excelente, reconocido y demostrable. La prueba debe existir en el momento de la publicación, no después del requerimiento.
Un calendario ajustado: 27 de septiembre de 2026
Los Estados miembros debían transponer el texto antes del 27 de marzo de 2026 y aplicarlo desde el 27 de septiembre de 2026. En España la potestad sancionadora en consumo es autonómica, y los competidores pueden ejercer acciones de cesación por competencia desleal.
Cómo prepararse en la práctica
Inventariar todas las alegaciones de sus soportes digitales, calificarlas frente al texto, asociar a cada una una prueba fechada, reformular las que no se sostienen y conservar el historial versionado de cada cambio. Eso es exactamente lo que hace el registro EmpCo.
FAQ
¿Se aplica a las pymes?+
Sí. El texto afecta a todo profesional que comunique a consumidores en la UE, sin umbral de tamaño o facturación.
¿Afecta a una web en inglés dirigida a clientes españoles?+
Sí, desde el momento en que la comunicación se dirige a consumidores situados en la Unión Europea.
¿Qué riesgo hay en un control?+
Requerimiento de prueba, expediente sancionador autonómico, cesación de la publicidad y publicación de la resolución.